LA RENTA GARANTIZADA DE CIUDADANÍA Y SU APLICACIÓN EN TRABAJO SOCIAL

 HOLA A TODOS! 

Hoy vamos a hablar de  LA RENTA GARANTIZADA DE CIUDADANÍA (RGC). 


Primero tenemos que resolver ¿Qué es? 

Pues bien, es una PRESTACIÓN ECONÓMICA  de carácter público,  dirigida a personas y unidades familiares en situación de vulnerabilidad y exclusión social.


¿Cuál es su objetivo? 

Su finalidad es promocionar los medios y apoyos necesarios para atender las necesidades básicas de subsistencia y promover la integración de quienes se encuentran en situación de exclusión social. Aunque cabe aclarar que no se trata únicamente de una ayuda económica, sino  que se considera  un instrumento de acompañamiento social que vincula derechos con compromiso de participación activa. 

 

Ahora bien vamos a lo importante ¿Quién puede solicitarlo? ¿Qué requisitos se necesitan? 

Pues como hemos definido anteriormente, va dirigida a personas en situación de dificultad social y personas, por carencia de recursos y por medios de subsistencia.  


La persona solicitante deberá de cumplir las siguientes condiciones:


  • Residencia legal y domicilio en la CCAA que lo solicite (deberá residir al menos con un año de antelación) 

  • Empadronamiento en la CCAA con un año de antelación. 

    • Excepción:

    • Emigrantes retornados de la propia CCAA.

    • Mujeres víctimas de violencia de género 

    • Situaciones de necesidad extrema 

    • Extranjeros refugiados o con solicitud de asilo. 

  • Edad entre 25 y la que permita el acceso a prestaciones contributivas o no contributivas. 

    • Excepción:

    • Menores de 25: 

    • Independientes de su familia de origen durante tres años, de los que dos han estado de alta en la seguridad social 

    • Con familiares a su cargo

    • Que hayan estado bajo la guarda de la administración 

    • Huérfanos de padre y madre sin derecho a pensión 

    • Mujeres víctimas de violencia de género que sean menores emancipadas 

o mayores de edad

  • Menores emancipados y mayores de edad cuando los miembros de su familia de origen con quienes conviven, ingresen en un centro que cubra sus necesidades de subsistencia. 

  • Que no habiendo estado bajo la acción protectora de la Administración durante su minoría de edad, estén siendo atendidos en centros para jóvenes sin recursos con financiación pública 

  • Mayores de 65: 

  • Emigrantes retornados sin derecho a pensión al no cumplir el requisito de residencia legal previa en España 

  • Carencia de medios económicos o patrimoniales.  

  • No ser perceptor de prestaciones públicas

    • Excepción: 

    • Víctimas de violencia de género beneficiarias de RAI renta activa de inserción, podrán percibir los complementos por cada restante miembro de la unidad familiar o de convivencia. 

    • Perceptores de prestaciones por desempleo, subsidio de desempleo, Programa de Renta Activa de Inserción (RAI), Programa de activación para el Empleo (PAE), Programa Personal de Integración y Empleo (PIE), Programa de Recualificación Profesional (PREPARA) u otras de análoga naturaleza siempre que su importe sea inferior al 80% del IPREM. Perceptores de la prestación o subsidio de desempleo a la finalización de la actividad laboral de importe inferior o igual al 80% del IPREM 

    • Perceptores de la prestación de ingreso mínimo vital cuando la cuantía reconocida de ingreso mínimo vital sea inferior a la de renta garantizada de ciudadanía que pudiera corresponder a la unidad familiar o de convivencia 

  • No residir, con carácter general, en centros que atiendan las necesidades básicas de subsistencia 

Excepción: 

Centros de acogida para víctimas de violencia de género o abandono familiar y los centros específicos destinados a la atención de problemáticas sociales asociadas a la condición de víctima de violencia de género. 

Viviendas u otros recursos residenciales de apoyo a la inserción para transeúntes e indomiciliados. 

Jóvenes que hayan estado bajo la guarda de la administración y residan en centros o viviendas de transición 

  • Que todos los miembros de la unidad familiar o de convivencia cumplan las condiciones y requisitos establecidos para ellos. 


REQUISITOS DE LA UNIDAD FAMILIAR

  • Carencia de medios económicos o patrimoniales suficientes para atender sus necesidades básicas de subsistencia 

  • Haber solicitado todas las prestaciones a que pudieran tener derecho. 

  • Inscripción como demandante de empleo 

  • Excepción: 

    • Miembros que estén cursando una actividad formativa reglada • cuidadores de personas dependientes con convenio suscrito con la Seguridad Social • los casos en que así lo indique el informe social. Esta circunstancia también podrá ser tenida en cuenta en lo que afecta a la inscripción como demandante de empleo. 

    • Que los menores en edad de cursar enseñanzas obligatorias estén escolarizados.  




Y…. ¿Dónde se solicita? ¿Cuál es su proceso?

La Renta Garantizada de ciudadanía se solicita en La Sede Electrónica de la Gerencia Territorial correspondiente. 


Pasos a seguir: 

  1. Disponer de certificado electrónico y comprobar requisitos técnicos.

  2. Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:

    1. A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico,  DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.),  seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.

    2. Mediante un Formulario Online PDF ( Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas ) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la Aplicación de Administración Electrónica

    3. Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).

  3. Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.

  4. Descargar justificante de presentación.


¿Cuáles podrían ser sus ventajas?

  • En primer lugar la reducción de la pobreza, ya que permite que las personas tengan un ingreso mínimo para vivir, reduciendo así la pobreza extrema.

  • Mayor seguridad económica, pues se ofrece estabilidad a quienes no tienen ingresos regulares, y ayuda a cubrir gastos básicos como la alimentación o la vivienda. 

¿ Y las desventajas

  • Coste para el estado, ya que requiere una inversión pública elevada, lo que hace que aumente el gasto público y/o los impuestos. 

  • Dependencia del sistema a largo plazo puede generar dependencia si no se acompaña de otras políticas como por ejemplo de empleo o  formación.


Tanto las ventajas como las desventajas deben de ir acompañadas de herramientas de diseño que combatan la pobreza y mejoren la cohesión social. 


Por último, vamos a acabar con una pequeña reflexión final desde el Trabajo Social.

La RGC representa una herramienta clave para la justicia social, pero su eficacia depende en gran medida de cómo se implemente. Por ello, es fundamental reforzar el acompañamiento profesional y simplificar los procesos para garantizar un acceso equitativo. Además, se debe trabajar desde una perspectiva comunitaria, no solo individual, promoviendo redes de apoyo y participación. La RGC no es el objetivo final, sino un medio dentro de un proceso más amplio de inclusión social. El desafío es conseguir que, además de cubrir las necesidades básicas, también ayude a que las personas sean más independientes y puedan valerse por sí mismas.



¿Y TÚ QUÉ PIENSAS DE LA RENTA GARANTIZADA?

BIBLIOGRAFÍA

https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es/web/jcyl/administracionelectronica/es/plantilla100detalle/1251181053840/ayuda012/1284151434773/propuesta

file:///C:/Users/HP/Downloads/IAPA_1454_REQUISITOS+A%C3%91O+2022,0.pdf




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