PRÁCTICA: ANÁLISIS EXPERTO DEL INGRESO MÍNIMO VITAL (IMV)
El ingreso mínimo vital está regulado por la Ley 19/2021, de 20 de diciembre, está dirigido a unidades de convivencia en situación de vulnerabilidad económica, con residencia en España y que sean mayores de 23 años. Para poder recibir el Ingreso Mínimo Vital o alguno de sus complementos se necesita que la renta y el patrimonio de la Unidad de Convivencia en su conjunto no supere ciertos umbrales, la Unidad de Convivencia está formada por todas las personas que viven en un mismo domicilio y que están unidas: por matrimonio o por pareja de hecho (formalizada desde hace dos años y conviviendo por lo menos 5 años); por tener un vínculo familiar de hasta segundo grado; o por tener fines de adopción o acogimiento familiar. Otro requisito que se debe cumplir es que el solicitante no sea propietario de una sociedad mercantil. En el momento en que una familia o una persona solo lo solicitan, se valorará si la renta y el patrimonio del hogar durante el año fiscal anterior es inferi...